ÍNDICE DE CONTENIDOS : Asiento contable de las retenciones del IGV 2022:PCGE
- Concepto, retenciones.
- Concepto, agente de retención.
- Porcentaje de retención
- El régimen de retenciones es aplicable.
- Operaciones excluidas de la retención.
- Aplicación práctica.
1. ¿Qué son las retenciones?
El régimen de retenciones es un sistema de cobro adelantado del IGV, donde el cliente retiene un porcentaje a su proveedor, aplicado sobre el precio de venta.
2. ¿Quién es un agente de retención del IGV?
Son los sujetos designados por la SUNAT.
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3. ¿Cuánto es el porcentaje de retención?
Se retiene un porcentaje del 3% del precio de venta.
4. ¿En qué situaciones es aplicable el régimen de retenciones?
- Prestación de servicios.
- Venta de bienes muebles.
- Primera venta de bienes inmuebles.
- Contratos de construcción gravados con el IGV.
5. ¿Qué pasa si no declarè un comprobante de retención dentro del mes?
Las retenciones son pagos a cuenta del IGV, en tal sentido el contribuyente tiene todo el derecho a utilizarlo, si no declaraste una retención dentro del periodo puede hacerlo en los siguientes periodos.
6. Operaciones excluidas de la retención.
- Si la empresa es agente de percepción.
- Operaciones exoneradas o inafectas del IGV.
- Boletas, tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras que no generen derecho al crédito fiscal (Consumidores finales)
- En operaciones donde intervenga el sistema de Detracciones – SPOT.
- Entre agentes de retención.
7.Aplicación pràctica:Asiento contable de las retenciones del IGV 2022:PCGE
CASO N°01
La empresa GACET S.A.C vende mercadería según factura F001-0022 a HERBALIFE S.R.L (agente de retención) por S/. 1,500.00 más IGV. Así mismo, el pago se realizó al contado.
Valor de venta S/. 1,500.00
IGV (18%) S/. 270.00
Precio de venta S/. 1,770.00
Retención (3%) S/. -53.10
Importe a pagar S/. 1,716.90
GACET S.A.C retiene S/. 53.10
GACET S.A.C Declara y paga a SUNAT S/. 53.10
HERBALIFE S.R.L cobra en efectivo S/. 1,716.90
Solución:
- Asientos contables para el Agente de retención (Cliente)
En primer lugar, se reconoce los bienes adquiridos y el consiguiente pasivo; por tanto, se efectuará el siguiente asiento:
PCGE | DETALLE | DEBE | HABER |
60 | Compras | 1,500.00 | |
601 | Mercaderías | ||
6011 | Mercaderías manufacturadas | ||
40 | Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar. | 270.00 | |
401 | Gobierno Central | ||
4011 | Impuesto general a las ventas | ||
42 | Cuentas por pagar comerciales – terceros | 1,770.00 | |
421 | Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar | ||
4212 | Emitidas | ||
X/X Por el registro de la F001-0022 | |||
20 | Mercaderías | 1,500.00 | |
201 | Mercaderías manufacturadas | ||
61 | Variación de Existencias | 1,500.00 | |
611 | Mercaderías | ||
X/X Por el destino de la mercadería según F001-0022 |
En segundo lugar, reconocemos la retención del IGV practicada al momento del Pago.
PCGE | DETALLE | DEBE | HABER |
42 | Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar | 1,770.00 | |
421 | Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar | ||
4212 | Emitidas | ||
40 | Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar. | 53.10 | |
401 | Gobierno Central | ||
4011 | Impuesto general a las ventas. | ||
40114 | IGV – Régimen de retenciones | ||
10 | Efectivo y equivalentes de efectivo. | 1,716.90 | |
101 | Caja | ||
x/x Por el pago de la factura F001-0022 con su retención. |
- Asientos Contables de retención para el Proveedor:
En primer lugar, reconocemos la venta realizada:
PCGE | DETALLE | DEBE | HABER |
12 | Cuentas por cobrar comerciales – terceros | 1,770.00 | |
121 | Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar | ||
1212 | Emitidas en cartera | ||
40 | Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar. | 270.00 | |
401 | Gobierno Central | ||
4011 | Impuesto general a las ventas. | ||
70 | Ventas | 1,500.00 | |
701 | Mercaderías | ||
7011 | Mercaderías manufacturadas | ||
X/X Por la venta de mercadería según F001-0022 |
En segundo lugar, al momento de realizar la cobranza, reconocemos la Retención que hiciera el Agente designado por SUNAT. Es preciso manifestar que en ese momento se nos entrega el Comprobante de retención respectivo.
PCGE | DETALLE | DEBE | HABER |
10 | Efectivo y equivalentes de efectivo. | 1,716.90 | |
101 | Caja | ||
40 | Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar. | 53.10 | |
401 | Gobierno Central | ||
4011 | Impuesto general a las ventas. | ||
40114 | IGV – Régimen de retenciones | ||
12 | Cuentas por cobrar comerciales – terceros | 1,770.00 | |
121 | Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar | ||
1212 | Emitidas en cartera | ||
X/X Por el cobro de la factura F001-0022 y el registro de la retención. |
Como podrás observar, para el Agente de Retención, la retención del IGV le originaba un Pasivo (Tributo por Pagar) en el HABER, para el Proveedor que vende la mercadería le origina un Crédito fiscal (DEBE); crédito fiscal que puede deducir de Impuestos en su DJ Mensual a través del PDT 621.
8. Comentarios:
Quien compra no paga al vendedor la totalidad del valor de la venta, en vista a que debe retener una parte de ella, dicho importe debe ser pagado a SUNAT dentro del cronograma establecido, de manera que debe reconocerse como un pasivo, que viene a ser la contrapartida del activo que tiene el sujeto retenido.
En efecto, este es un proceso que el cliente paga por adelantado el IGV, dado que este debe declarar en la casilla 179 del formulario virtual PDT 621, por otro lado, cabe precisar que si no se compensa el 100% de la retención en el mes este puede arrastrarlo dentro de la casilla 165 del PDT.
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