SERVICIOS PRESTADOS POR NO DOMICILIADOS – CONTABILIZACIÓN DEL IGV E IMPUESTO A LA RENTA.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
Asiento contable DE SERVICIOS PRESTADOS POR NO DOMICILIADOS-I.R-E IGV 2022
- Concepto, sujetos no domiciliados.
- Impuesto general a las ventas (IGV) – utilización de servicios.
- Crédito fiscal en operación con no domiciliados.
- Tipo de cambio – Conversión moneda extrajera a nacional.
- Impuesto a la renta (I.R) – utilización de servicios.
- Retención del impuesto a la renta por servicio prestado por no domiciliado.
- Aplicación práctica.
Concepto No domiciliados
Son aquellos que siendo peruanos adquieren residencia fuera del país, y de otro lado cuando son extranjeros sin domicilio permanente en el Perú o que teniendo el domicilio se ausentan por más de 183 días durante un período cualquiera que comprende 12 meses.
Impuesto general a las ventas (IGV) – utilización de servicios.
- El sujeto no domiciliado (Prestador de servicios) brinda sus servicios al sujeto domiciliado (contribuyente) en el Perú.
- La persona domiciliada es el encargado de pagar el IGV al fisco al vencimiento del periodo tributario, además obtendrá el derecho del crédito fiscal.
Crédito fiscal del IGV, en operación con no domiciliados.
Cuando se realice el pago del IGV por utilización de servicios se sustenta con el formulario virtual 1662: Boleta de pagos varios, anotado en el registro de compras.
Tipo de cambio – Conversión moneda extrajera a nacional
En caso que la operación se pacte mediante moneda extranjera, el tipo de cambio que se utilizará para la conversión en moneda nacional es el de venta. (Artículo 5 – reglamento de LIGV)
Impuesto a la renta (I.R)- utilización de servicios.
El sujeto domiciliado quien utiliza el servicio prestado por un no domiciliado tiene que determinar si el servicio prestado califica como renta de fuente peruana, por ende, pueda generar la obligación de retener.
Condiciones para que califique como renta de fuente peruana:
- Servicio digital.
- Asistencia técnica.
- Los servicios se lleven a cabo en territorio nacional.
- El pagador sea domiciliado.
- Servicios sean utilizados en el país.
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Retención del impuesto a la renta por servicio prestado por no domiciliado.
En el momento que se realice el pago o acreditación al no domiciliado, deberá abonarse al fisco a través del formulario virtual 617 dentro de los plazos previstos en el código tributario para obligaciones de periodicidad mensual.( cronograma de vencimiento)
Aplicación práctica.
Asiento contable DE SERVICIOS PRESTADOS POR NO DOMICILIADOS-I.R-E IGV 2022
Servicio digital prestado por un domiciliado.
Grupo Seld contrata a una empresa mexicana que brinda servicios digitales para desarrollar un hosting para la pagina web de la academia.
Según las cláusulas del contrato, se acuerda pagar la suma de S/.18,000 en la oportunidad en la cual se realiza dicha prestación por parte de no domiciliado.
¿Cómo se deberá registrar la operación considerando que el 04 de mayo se entrego el servicio requerido por la empresa usuaria domiciliada?
Solución
- El servicio digital es reconocido un gasto según NIC 38.
PCGE |
DETALLE |
DEBE |
HABER |
63 |
Gastos de servicios prestados por terceros |
S/.18,000 |
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632 |
Asesoría y consultoría |
|
|
6329 |
Otros |
|
|
42 |
Cuentas por pagar comerciales – Terceros |
|
S/.18,000 |
421 |
Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar |
|
|
4212 |
Emitidas |
|
|
x/x Por el servicio digital brindado por la empresa no domiciliada. |
IMPUESTO GENERAL VENTAS – IGV
- IGV por servicio de no domiciliado
Servicio S/.18,000 x 18% = 3,240 (1674 IGV por acreditar no domiciliado)
Respecto del IGV de no domiciliados que aún no tienen derecho al crédito fiscal, se controle en la subcuenta divisionaria 1674.
PCGE |
DETALLE |
DEBE |
HABER |
16 |
Cuentas por cobrar diversas – Terceros |
3,240 |
|
167 |
Tributos por acreditar |
|
|
1674 |
IGV por acreditar no domiciliados. |
|
|
40 |
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR |
|
3,240 |
401 |
Gobierno central |
|
|
4011 |
Impuesto general a las ventas |
|
|
40112 |
IGV – Servicios prestados por no domiciliados |
|
|
x/x Por el servicio digital brindado por la empresa no domiciliada. |
- Por el pago del IGV no domiciliado a la SUNAT.
Servicio S/.18,000 x 18% = 3,240 (IGV pagado a SUNAT al vencimiento según cronograma del periodo mayo)
PCGE |
DETALLE |
DEBE |
HABER |
40 |
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR |
3,240 |
|
401 |
Gobierno central |
|
|
4011 |
Impuesto general a las ventas |
|
|
40112 |
IGV – Servicios prestados por no domiciliados |
|
3,240 |
10 |
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO |
|
|
104 |
Cuentas corrientes en instituciones financieras |
|
|
1041 |
Cuentas corrientes operativas |
|
|
x/x Por el pago del IGV no domiciliado a la SUNAT. |
Por el derecho al uso del crédito fiscal:
IGV por servicio de no domiciliado S/.18,000 pagado a SUNAT
PCGE |
DETALLE |
DEBE |
HABER |
40 |
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR |
3,240 |
|
401 |
Gobierno central |
|
|
4011 |
Impuesto general a las ventas |
|
|
40112 |
IGV – Servicios prestados por no domiciliados |
|
3,240 |
16 |
Cuentas por cobrar diversas – Terceros |
|
|
167 |
Tributos por acreditar |
|
|
1674 |
IGV por acreditar no domiciliados. |
|
|
x/x Por el reconocimiento del crédito fiscal por el pago del IGV de no domiciliado. |
IMPUESTO A LA RENTA – I.R
En la oportunidad del pago en el mes de mayo, la empresa peruana que contrato los servicios al no domiciliado deberá cancelarle.
Conforme el j) del artículo 56 de la LIR, corresponde al 30%
I.R de no domiciliado: S/.18,000 x 30% = S/ 5,400.00
PCGE |
DETALLE |
DEBE |
HABER |
42 |
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS |
18,000.00 |
|
421 |
Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar |
|
|
4212 |
Emitidas |
|
|
40 |
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR |
|
5,400.00 |
401 |
Gobierno central |
|
|
4017 |
Impuesto a la renta |
|
|
40174 |
Renta de no domiciliados |
|
|
10 |
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO |
|
12,600.00 |
104 |
Cuentas corrientes en instituciones financieras |
|
|
1041 |
Cuentas corrientes operativas |
|
|
x/x Por el reconocimiento del crédito fiscal por el pago del IGV de no domiciliado. |
- Por el pago del I.R retenido al no domiciliado a la SUNAT.
PCGE |
DETALLE |
DEBE |
HABER |
40 |
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR |
5,400 |
|
401 |
Gobierno central |
|
|
4017 |
Impuesto a la renta |
|
|
40174 |
Renta de no domiciliados |
|
5,400 |
10 |
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO |
|
|
104 |
Cuentas corrientes en instituciones financieras |
|
|
1041 |
Cuentas corrientes operativas |
|
|
x/x Por el pago del I.R retenido al no domiciliado a la SUNAT. |
Asiento contable DE SERVICIOS PRESTADOS POR NO DOMICILIADOS-I.R-E IGV 2022, asiento contable de operaciones con no domiciliados