¿Cómo bajar la carga laboral y tributario en las Micro y mediana empresa?
Para Bajar la carga laboral y tributario todo empresario o asesor debe conocer la leyes existente para poder bajar la carga laboral y tributaria ; la realidad en nuestro país es que cuando un persona natural o jurídica inicia actividades empresariales tiene que tributar, o tiene que cumplir una serie de obligaciones, por ello los legisladores han tratado de adecuar la realidad de las micros y pequeñas empresas tanto dentro del ámbito fiscal y laboral; es así que dentro del ámbito tributario tenemos el Régimen Mype Tributario y dentro del ámbito laboral tenemos el Régimen laboral especial.
- Régimen Mipe tributario:
Mediante el Decreto Legislativo N° 1269 de fecha 17 de diciembre del 2016, se crea el Régimen Mype Tributario, un régimen tributario que se ajusta a la capacidad contributiva de los contribuyentes, cuando el contribuyente tributa en base a su capacidad contributiva estos tienen incentivos para que se formalicen . Dentro de este régimen tributario los pagos a cuenta del impuesto a la renta son en base al 1% de sus ingresos netos mensuales y 10% de regularización de renta anual; este 10% es hasta 62,250.00 de utilidad tributaria para el año 2018; si hacemos una comparación del régimen MYPE TRIBUTARIO y el Régimen General nos damos cuenta que la diferencia es abismal.
- Contribuyente A tributa bajo el Régimen Mype tributario, su utilidad tributaria es S/ 50,250.00, se calcula la renta corriente. ( 50,250.00 x 0.1) = 5,025.00, en efecto la renta anual es de S/ 5,025.00.
- Contribuyente B tributa bajo el régimen General, su utilidad tributaria es de S/ 50,250.00 calcular la renta corriente. ( 50,250.00 X 0.295) = 14,823.75; la renta corriente anual para este contribuyente S/ 14,823.75; en efecto la diferencia es de S/ 9,798.75; Después de haber hecho una síntesis de esta normativa es conveniente analizar el tipo de actividad de las micro y pequeñas empresas para adecuarlo a este régimen
- Por lo que debemos decir que es perfectamente tributar de acuerdo a las normas fiscales haciendo un buen planeamiento tributario, el desorden hacen que se compliquen la correcta aplicación de las normas.
- Régimen Laboral especial:
Todo empresario y persona que tiene un negocio deben tener a sus trabajadores en planilla, pero esto hacen que las micro y pequeñas empresas paguen todos los beneficios que le corresponden a sus trabajadores , de no hacerlo serán multados por parte del Ministerio de trabajo o SUNAFIL, en efecto como medida de llamar a la formalización los legisladores hacen esfuerzo para poder adecuar las obligaciones de cada uno de los sectores empresariales, es así que a lo largo de la regulaciones laborales dictaron la Ley 28015, el Decreto Legislativo N° 1086 , Ley 30056 y Decreto supremo N° 013-2013-PRODUCE, estos cuerpos normativos establecen los procedimientos y topes máximos para ser considerados como micro y pequeñas empresas, por lo que todo empresario o asesor tiene que hacer uso de estas normativas para bajar al carga laboral.
Toda empresas tiene que solicitar el acogimiento a la REMYPE para poder tener la constancia de micro empresa o pequeña empresa, como micro empresa el empleador solo está en la obligación de darle a sus trabajador 15 día de vacaciones después de haber cumplido un año laborando en la empresa, en efecto se olvida de CTS, Gratificaciones,etc; asimismo se olvida de estar en actos de comparecencia ante el Ministerio de trabajo por beneficios sociales de sus trabajadores.
Para tener la constancia de micro empresa los requisitos son: ingresos menores a 150 UIT, es decir S/ 630,000.00 durante el año 2019, asimismo debe tener un trabajador adicional; de lo contrario no podría acogerse a este beneficio.