Macro SIRE SUNAT: Como es de público conocimiento en este año 2023. Hay grandes cambios en materia tributaria respecto a las obligaciones que tienen cada uno de los contribuyentes, en ese sentido, a partir de julio de este año 2023, hay grandes cambios respecto a la forma de llevado del registro de compras y ventas electrónicos.
Si nos remitimos un poco la historia respecto a la formalidad nos encontramos con la Resolución de SUNAT 063-2006 en la cual establece los libros vinculados a asuntos tributarios y dentro de ello encontramos al registro de compras y ventas, visto desde el artículo 19 de la ley del IGV, el mismo que nos precisa para poder tener el derecho al crédito fiscal debemos anotar en el registro de compras las facturas, solo así podemos utilizar el crédito de cada compra que se hace; omitir este proceso conlleva al desconocimiento del mismo.
Siguiendo con los análisis normativos con esta resolución 063 – 2006, la forma de llevar los libros era de manera manual O A través de las hojas impresas, en la cual teníamos los formatos establecidos sobre todo en este caso en particular para el registro de compras y ventas. Posterior a ello se cambia la forma a través de la plataforma de SUNAT o desde el aplicativo de SUNAT, que es el ple en la cual se presentan las compras y ventas
OBLIGACIÓN DE UTILIZAR SIRE SUNAT
Para este año 2023 Tenemos cambios importantes, existe la obligación de utilizar el SIRE, estamos obligados a presentar el resumen de las compras y ventas a través de esta plataforma desarrollada por la SUNAT, puede ser desde la plataforma de SUNAT o desde el aplicativo MIGE. todos los contribuyentes a partir de octubre de 2023, independiente mente si eres pequeño o grande, ya no importa el nivel de ventas, debemos Cumplir con esta obligación para efectos de no incurrir en ninguna infracción tributaria, por el contrario, La multa está encuadrada dentro del artículo 175 numeral 10 del código tributario.
La pregunta del millón es: todos los contribuyentes debemos ser programadores para poder generar los archivos txt. La respuesta a esta interrogante es no, si bien, es cierto, la resolución de SUNAT 112 2021 ha desarrollado los formatos o los anexos por las cuales los contribuyentes debemos cumplir con la presentación de nuestra información. Para ello existen personas especialistas en programación que han desarrollado sistemas de contabilidad adecuados a la nueva forma de llevar el registro de compras y ventas , debemos precisar que también existen macros en el mercado que te permiten cumplir con esta obligación, macros que por cierto, son muy sencillas de poder utilizar los que no necesariamente necesitamos conocer de codificación o aprendernos todos los anexos que establece dicha resolución, sino por el contrario, ya están listos para ser utilizados.
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