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Reglas para utilizar el crédito fiscal

Reglas para utilizar el crédito fiscal.

En su momento la doctrina ha señalado que: “La deducción del impuesto pagado con anterioridad es la esencia misma del impuesto sobre el valor añadido”(1).

En efecto, si ampliamos un poco más todo aquel razonamiento que guarda la citada frase, diremos que el crédito fiscal constituye, ni más ni menos, la pieza fundamental que no puede faltar o soslayarse en una estructura de impuesto al consumo del tipo valor agregado. Así pues, gracias al crédito fiscal un impuesto al consumo, como lo es el Impuesto General a las Ventas (IGV), puede materializar los objetivos técnicos de neutralidad y recaudación, ya que, por un lado, se evita que los precios se vean incrementados de un modo artificial generando una distorsión en la economía de libre mercado.

En tanto que, por otro lado, el fisco obtiene el tributo en la medida justa al percibir una suma equivalente –aunque fracciona da en cada etapa de la cadena de producción y comercialización de bienes y servicios a la que habría resultado de aplicar la tasa del impuesto directamente al valor de venta establecido al consumidor final, quien, en realidad, es el contribuyente de hecho, esto es, aquel que termina por soportar con su patrimonio la carga del tributo.

 

Planteamiento del legislador. 
Por esa razón los requisitos que el legislador fuera a establecer y/o regular a efectos de ejercer el crédito fiscal deberán tener en cuenta tales fundamentos técnicos, pues estos no constituyen unos simples enunciados abstractos o teóricos, meramente exigibles a nivel doctrinario, sino que su observancia ha de permitir una correcta aplicación del sistema, atendiendo a la importancia que reviste económicamente este.

Así pues, cuando el legislador olvida las razones técnicas que justifican la existencia del crédito fiscal, asumiendo que su exigencia únicamente tiene un valor de índole académica,permite que se sucedan consecuencias lamentables dado el establecimiento de requisitos exagerados y hasta injustificados, principalmente a nivel formal, en donde por otorgar pre-ponderancia a un excesivo control por parte de la Administración Tributaria, se termina sancionando su inobservancia con la pérdida del crédito fiscal, convirtiendo al impuesto al consumo en uno que fácilmente podría generar efectos confiscatorios. Atendiendo a lo expuesto, a continuación analizamos los elementos sustanciales y formales establecidos en la normativa para la aplicación correcta del crédito fiscal.

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