Si NO presentaste TUS RENTAS DE TRABAJO 2020:Que, en virtud a la Tabla I Código Tributario – Libro Cuarto (Infracciones Y Sanciones). Personas Naturales, Que Perciban Renta De Cuarta Categoría, Personas Acogidas Al Régimen Especial De Renta Y Otras Personas Y Entidades No Incluidas En Las Tablas I Y III, En Lo Que Sea Aplicable.
De conformidad con el articulo 176 numeral 1 del Codigo Tributario establece lo siguiente : «No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos»; la multa es lo siguiente:
INFRACCIONES ART.176 C.T | REFERENCIA | SANCION |
No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria, dentro de los plazos establecidos. | Numeral 1 | 50% de la UIT |
De la norma glosada podemos evidenciar que la multa es 50% de la UIT, y la UIT para este 2021 es S/ 4,400.00; en efecto la multa por no presentar las rentas de trabajo ( rentas de cuarta y quinta) del año 2020 seria : 4,400 x50%=2,200.00, desde la perspectiva de la regla general seria: si se realiza de manera voluntaria estariamos frente a una gradualidad del 90% , esto quiere decir que solo pagariamos de multa 220.00 mas los intereses.
PERO AQUI TE CONTAMOS COMO REGULARIZAR LA PRESENTACION SIN MULTAS TUS RENTAS DE TRABAJO 2020
Para poder presentar nuestras rentas de trabajo sin multas debemos recurrir a la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS Nº 010-2019-SUNAT/700000, QUE NOS PRECISA APLICA LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES RELACIONADAS A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA.
Artículo 176° del Código Tributario | Criterios de aplicación |
Numeral 1
No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos |
No se emitirá sanción de multa tratándose de contribuyentes que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que se encuentren obligados a presentar la declaración anual siempre que presenten dicha declaración con anterioridad a que surta efecto cualquier notificación de la SUNAT en la que se le indica al infractor que ha incurrido en infracción. |
como podemos observacion este efecto discrecional permite regularizar la presentacion de la renta anual sin multa, siempre y cuando la sunat no les haya notificado,por ello la recomendacion es presentar lo antes posible las declaraciones de la rentas de trabajo.
Si NO presentaste TUS RENTAS DE TRABAJO 2020, rentas de trabajo, presentar rentas de cuarta y quinta 2020