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Sujetos obligados a presentar la DJ del beneficiario final 2022

La Resolución de Superintendencia 000041-2022, fue publicado el 24 de marzo del 2022, normativas que precisa quienes son los Sujetos obligados a presentar la DJ del beneficiario final 2022 ; ésta resolución de superintendencia establece el nuevo cronograma para la presentación de la declaración jurada (DJ) de los sujetos que deben presentar la declaración del beneficiario final en los años 2022 o 2023, incluiría a nuevos sujetos obligados.

¿Por qué sunat solicita presentar esta información?

Para luchar contra la evasión y elusión tributaria, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, para poder intercambiar información tributaria con administración de otros países.

¿En qué consiste la obligación de informar a los Beneficiarios Finales?

SUNAT está solicitando a las personas jurídicas y entes jurídicos (Poseen ingresos netos más de 1,000 UIT) conocimiento sobre sus beneficiarios finales (accionistas de una empresa ya sea de forma directa o indirecta, los que forman parte de un fondo de inversión, fideicomiso, etc.)  que se encuentran obligados a informar a Sunat mediante una declaración jurada (DJ).

Los beneficiarios finales puede ser la persona natural directa o indirecta que posee al menos 10% del capital social de una persona jurídica.

PERSONA NATURAL – DIRECTA

PERSONA NATURAL – INDIRECTA

Si eres accionista de una empresa.

 

 

Si eres accionista de una empresa y además si tienes parientes, cónyuge o pareja de unión de hecho.

 ¿Quiénes más pueden ser beneficiarios finales?

Accionista que es mandatario.

Accionista de una empresa a través de otras empresas (cadena de titularidad).

Personal natural que de forma individual o con otras personas naturales o jurídicas ejerzan el control de forma directa o indirecta en la empresa.

Ejemplo: Sujetos obligados a presentar la DJ del beneficiario final 2022

Persona natural directa que posee más de la mitad (+50%) poder de decisión.

Persona natural indirecta será beneficiario final, si se puede designar, remover y vetar a los directivos de mayor jerarquía o si eres responsable de las decisiones estratégicas de la empresa.

NOTA:

Si no se logra identificar al beneficiario final de la empresa en los dos casos, de persona natural directa o indirecta, será la persona natural que ocupe el puesto administrativo más alto de la empresa, el gerente general, director o quien tenga mayor jerarquía.

¿Quiénes son los nuevos sujetos que deben presentar la declaración del beneficiario final en los años 2022 o 2023 y el plazo de presentación?

Personas jurídicas domiciliarias en el Perú de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 07 de la ley del impuesto a la renta que en base a sus ingresos netos calculados acorde al artículo 03 estén comprendidas en estos tramos.

TRAMO

INGRESOS NETOS

PLAZO DE PRESENTACIÓN

(SEGÚN CRONOGRAMA)

I

Más de 1000 UIT.

Mayo del 2022

II

Más de 500 UIT hasta 1000 UIT.

Agosto 2022

III

Más de 300 UIT (Este caso incurre cuando no hayan estado previamente obligados a presentar la DJ)

Mayo 2023

Entes jurídicos que desempeñen los siguiente.

INGRESOS NETOS

PLAZO DE PRESENTACIÓN

(SEGÚN CRONOGRAMA)

Los entes jurídicos inscritos en el RUC hasta el 31.12.2022 y que no se encuentren con baja de inscripción a la fecha que les corresponda presentar la DJ.

Deben presentar hasta las fechas de vencimiento establecidas para las obligaciones tributarias mensuales de diciembre de 2022.

Si eres beneficiario final, ¿Qué debes presentar?

Debes presentar tu condición de beneficiario final a la persona jurídica o ente jurídico, para ellos debes llenar el formato de persona natural que califica como beneficiario final y legalizarlo.

Si la persona jurídica te identifica como beneficiario final ¿Qué debería hacer?

¿Qué sanción aplica por no presentar la DJ o por presentarla en forma incompleta?

La sanción por no presentar DJ o por presentarla incompleta o no acorde a la realidad, podría llegar hasta los s/230,000, entre otras sanciones legales.

Esta multa se elimina al 100% si subsana la infracción antes que la SUNAT le notifique.

 

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