Todos los años la UIT incrementa. En ese sentido, para este año 2023 el tope máximo para que los ingresos por rentas de cuarta se encuentren exonerados es de : S/ 43,313.00, por encima de ello el contribuyente debe pagar mes a mes pagos a cuenta a la renta, a pesar de tener la suspensión de renta de 4ta categoría.
No obligados a efectuar pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría – Periodo 2023
Cuyos ingresos por rentas de cuarta categoría o las rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes no superen S/ 3,609.00 mensuales, como se puede observar existen dos maneras de evaluar la situación, uno es el importe mensual y el otro por el tope máximo anual.
Nota:
a) La suspensión tiene vigencia a partir del día calendario siguiente de otorgado la constancia de aprobación hasta el 31 de diciembre de ese mismo año, el cual deberás entregar una copia a la empresa que contrate tus servicios.
b) Tratándose del supuesto en que la Constancia de Autorización de suspensión de las retenciones del Impuesto a la Renta de cuarta categoría ha sido obtenida con posterioridad a la fecha de emisión del recibo por honorario pero antes del pago del servicio por el cual se emite este, no existe la obligación de retener el referido impuesto con ocasión de dicho pago – INFORME N° 115-2015-SUNAT/5D0000
Suspensión de pagos a cuenta renta de cuarta 2023