Teoría y caso práctico ITAN 2022
El ITAN es un impuesto al patrimonio de periodicidad anual, que se aplica a los activos netos que exceden el millón de soles al 31 de diciembre del año anterior (según balance general anual).
¿El ITAN se puede utilizar como crédito contra el impuesto a la renta?
Si, se puede utilizar como crédito contra los pagos a cuenta y de regularización del impuesto a la renta del ejercicio correspondiente.
¿Quiénes son los sujetos obligados a presentar la ITAN?
Contribuyentes de 3era categoría que se encuentren en el régimen General, Mype, régimen de Amazonía, régimen agrario, los establecimientos en zona de frontera y salvo excepciones (siempre que hayan iniciado operaciones antes del 1 de enero del año de obligación).
¿Cuál es la tasa de la ITAN?
Por exceder S/1’000,000.00 de activos netos, la tasa es de 0.4%
¿Se puede realizar el pago del ITAN al contado o en cuotas? ¿Cómo se calcula?
Si, si se puede realizar al contado o mediante cuotas.
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AL CONTADO |
EN CUOTAS |
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Modalidad |
Pago al contado. |
Fraccionado en nueve cuotas mensuales iguales. |
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Pago |
Para la declaración y pago de la ITAN utilizaremos el PDT 0648.
Para el pago se debe realizar en los plazos previstos del periodo tributario marzo. |
La primera cuota debe pagarse con la presentación del PDT 0648.
Pago de las 8 cuotas restantes se realiza utilizando formulario 1662-guías pagos varios. |
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Presentación con pago 0 |
Si se realiza mediante este caso, se debe regularizar utilizando el formulario 1662 – guía pagos varios. |
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Cronograma |
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Para efecto de tener presente la declaración y pago debemos recurrir al artículo 13 y 14 del reglamento del DECRETO SUPREMO Nº 025-2005-EF de la ley 28424, que básicamente precisan que la declaración se debe tener en cuenta el cronograma mensual establecido por SUNAT.
Para calcular a base del ITAN sería la siguiente formula:
BASE ITAN = Activos netos (DJ ANUAL) + depreciaciones y amortizaciones (NIC) – depreciaciones y amortizaciones (LIR)
¿Quiénes están inafectos al ITAN?
Los contribuyentes que iniciaron operaciones en el 2022.
Las empresas que prestan el servicio público de agua potable y alcantarillado.
Las empresas que se encuentren en proceso de liquidación.
Las entidades inafectas o exoneradas del impuesto a la renta.
Las empresas declaradas en insolvencia por INDECOPI al 1ero enero de cada año.
CASO PRÁCTICO :Teoría y caso práctico ITAN 2022
La empresa grupseld debe de la ITAN s/20,000, lo cual ha declarado y fraccionado en 9 cuotas s/2,222 el pago mensual.
Solución:
La subcuenta 167 se contabiliza en el debe porque según dinámica ahí comprende la acumulación de los pagos a cuenta por impuesto a la renta e ITAN.
PCGE |
DETALLE |
DEBE |
HABER |
16 |
Cuentas por cobrar diversas-terceros |
s/2,222.00 |
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167 |
Tributos por acreditar |
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1672 |
Pago a cuenta de ITAN |
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10 |
Efectivo y equivalentes de efectivo |
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s/2,222.00 |
104 |
Cuentas corrientes en instituciones financieras |
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1041 |
Cuentas corrientes operativas |
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X/X POR EL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA. |