VALIDACIÓN MASIVA DE COMPROBANTES ELECTRONICOS SUNAT 2021: Nuestra firma advertió desde hace 2 meses de lo que se vendría respecto al cruce de información de los comprobantes electrónicos -proveedores vs clientes, declaraciones del formulario virtual 621 vs comprobantes electrónicos. En la actualidad estas modalidades son comunicados mediante cartas inductivas , llamadas o esquelas por parte de SUNAT.
Nuestra recomendación es que los sistemas contables deben contar con esta opcion de validar los comprobantes de compras y ventas, esto debido a que la información que enviemos a través del PLE no presente errores de digitalización o comprobantes que no hayan sido informados a SUNAT; sabemos que validar uno por uno cada comprobantes simplemente se convierte en una carga interminable para el área contable, es por ello que la actualidad existen plataformas especializadas para realizar la VALIDACIÓN MASIVA DE COMPROBANTES ELECTRONICOS.
Hay que tener presente que sunat esta enviando esquelas por el cruce de información de los comprobantes electronicos registrado en el libro registro ventas del proveedores VS registro de compras del cliente, en dichos requerimientos SUNAT esta solicitando la carga de la prueba material que acredite la fehaciencia de las operaciones, en efecto más vale que los comprobantes esten validados y contar con pruebas suficientes de las transacciones realizadas.
¿CUÁLES SON LOS ERRORES MÁS COMUNES POR LAS CUALES LOS CPE NO EXISTEN EN LA BASE DE DATOS DE SUNAT?
Cuando sunat nos envia una esquela haciendo de conocimiento que tenemos en nuestro registro de compras comprobantes electrónicos que nuestro proveedor no declaro, tenemos que analizar lo siguiente.
- Que al momento de digitalizar la información del comprobante no nos hayamos equivocado en el serie, el número de comprobante, en la fecha , en le importe ,etc, esto da lugar a que dicho comprobante no exista en la base de datos de sunat.
- Que dicho comprobantes no haya sido informado a sunat por nuestro proveedor al momento de emitirlo
- Que nuestro proveedor se haya equivocado al momento de registrar la información en el registro de ventas
- Que nuestro proveedor no haya informado el 100% de sus ventas
Todos estos escesario tenemos que analizar para poder presentar los descargos de las esquelas dentro del plazo que nos lo establece la sunat, de no hacerlo estariamos cometiendo una infracción de conformidad con el articulo 177 numeral 5 de Codigo Tributario.
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VALIDACIÓN MASIVA DE COMPROBANTES ELECTRONICOS SUNAT 2021